Las terribles condiciones de las prisiones para delincuentes juveniles en Grecia

Este blog es mucho más serio que el resto que he escrito hasta ahora, pero lo hice a propósito. Hace unos años tuve que escribir un artículo acerca de la situación en las prisiones de menores en Grecia. No tenía ni idea de qué estaba pasando ni de cómo funcionaba el sistema, pero después de escribir el artículo aprendí mucho, obtuve mucha información y me gustaría compartirla.

Empecemos.

The awful conditions of greek juvenile prisons...

Fuente

La Constitución de Grecia contiene una serie de proclamaciones solemnes que afectan al estado de los menores: Que la infancia debe encontrarse bajo la protección del Estado, que las familias numerosas, los huérfanos de guerra y todo aquel que sufra de enfermedades físicas incurables o mentales tienen derecho a cuidados especiales por parte del Estado y que estos últimos también tienen derecho a disfrutar de medidas que aseguren y garanticen su independencia, su integración profesional y su participación en la vida financiera, política y social del país. Además afirma que el Estado se encargará de la sanidad de sus ciudadanos y toma medidas especiales para la protección de los menores.

Es más, asegura que es obligación del Estado proveer de viviendas a los más necesitados. Otro de los principios iniciales contenidos en la Constitución griega y su legislación que también está relacionada con los menores es la prohibición de la discriminación basada en raza, género, minusvalía física o mental, lenguaje o estatus social.

Mientras que la Constitución no ahonda más en el ámbito ni en la extensión de estos dictámenes generales, se han aprobado estatutos y legislaciones secundarias posteriores basadas en el mandato constitucional de garantizar los derechos de los menores y prohibir la discriminación. Es más, las políticas, servicios y programas diseñados para menores que se han adoptado e implementado por el Estado a nivel estatal o regional y que discutiré más adelante, reflejan en gran medida los esfuerzos de Grecia de proteger a los más pequeños.

Sin embargo, Grecia aun se enfrenta a grandes retos, especialmente en las áreas de violencia contra las mujeres y niños, tráfico de personas y discriminación a los niños romaníes.

En Grecia, los menores de 15 años representan aproximadamente el 15, 5 % de la población total (aproximadamente 11 millones), un porcentaje menor que la media en la Unión Europea. Grecia, como otros países europeos, ha sufrido en los últimos años un gran flujo de entrada de inmigrantes. Como resultado de esto, se ha creado una nueva sociedad multicultural y multiétnica. Aproximadamente 130. 000 de los estudiantes que asisten a las escuelas locales y que se benefician de los servicios y programas ofrecidos por el Estado griego son de Albania o de otros países de los Balcanes.

No hay una agencia central encargada de proveer de ayuda y asistencia ni de supervisar los servicios que ofrece el Estado. En su lugar, hay una serie de agencias gubernamentales que son las responsables del bienestar social y servicios sanitarios, de la educación gratuita y el cuidado de menores. Generalmente, el Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales se encarga de los servicios sanitarios y el Ministerio de Asistencia Social es el encargado de la asistencia a menores vulnerables, es decir, huérfanos, minusválidos o que han sido víctimas de tráfico humano. El Ministerio de Sanidad y Asuntos Sociales y el Ministerio de Interior comparten responsabilidad a nivel nacional en cuanto a la asistencia a la primera infancia. Las autoridades locales son responsables de las guarderías y los servicios de cuidado de menores y el Ministerio de Educación se encarga de la supervisión de los programas para la infancia a nivel nacional.

El Código Civil griego define indirectamente a los menores. Los artículos 34 a 36 establecen que una persona, desde el momento de su nacimiento está sujeta a derechos y obligaciones, siempre que nazcan con vida, sin tener en cuenta su viabilidad. Desde el punto de vista del Derecho Civil, los menores adquieren la mayoría de edad al cumplir 18 años. Desde 2003, para el Derecho Penal, la mayoría de edad se obtiene al cumplir los 19.

Instituciones que se encargan de los Derechos de los Menores específicamente

Grecia ha establecido que estas sean las instituciones encargadas de resolver cualquier problema y/o cuestión relacionado con menores:

  • El Observatorio Nacional de los Derechos del Niño, para garantizar la aplicación del Convenio de Derechos del Niño;
  • El Departamento de Derechos del Niño
  • El Instituto de Salud Infantil, en el área de abuso y abandono de menores; y
  • el Comité Nacional de Derechos Humanos.

Mientras que los tres primeros se encargan únicamente de los derechos de los niños, la jurisdicción del cuarto es más amplia e incluye a todo aquel cuyos derechos humanos hayan sido infringidos.

Departamento de Derechos del Niño

Este departamento se creó dentro de la oficina del Defensor del Pueblo de Grecia en 2003, con la aprobación de la Ley 3094/2003. Su misión es investigar acciones, omisiones y/o quejas acerca de individuos o entidades legales que violen los derechos de los niños o pongan en peligro su bienestar. El Departamento se compone de un representante del Defensor del Pueblo y de quince investigadores con experiencia en distintos ámbitos. Durante el primer año tras su creación, el Defensor del Pueblo y su equipo establecieron relaciones más cercanas con agencias relacionadas con menores y revisaron quejas emitidas ya por menores o por adultos acerca de brechas a los derechos de los niños. En el periodo 2004 – 2005 el Departamento logró:

  • La publicación de un panfleto, “Defensa de los Derechos del Niño”, diseñado para concienciar acerca del papel del Defensor del Menor y de los servicios que esta oficina ofrece. Este panfleto se entregó en escuelas y otras instituciones que trabajan con niños.
  • La creación de una página web especial para niños y para todos aquellos interesados en el bienestar de los menores y una línea de teléfono gratuita para niños que lo necesiten.
  • La publicación y distribución de un folleto, “Pautas para el tratamiento de menores no acompañados y separados de sus familias”, en cooperación con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el objetivo de salvaguardar los derechos de aquellos menores que llegan a Grecia sin acompañamiento o que son separados de sus familiares.
  • La asistencia al Ministerio de Justicia en la preparación de una nueva legislación acerca del castigo corporal, y
  • dentro del marco de un proyecto realizado en cooperación con el Consejo de Europa, el representante del Defensor del Pueblo visitó instituciones que trabajan por los derechos de los niños en países fronterizos para la promoción del intercambio de información y de buenas prácticas

Delincuencia Juvenil

La delincuencia juvenil, también conocida como “infracciones juveniles, se entiende como la participación de menores en actos ilegales (juvenil se refiere a individuos menores de edad). La mayor parte de los sistemas legales prescriben procedimientos específicos para tratar con menores delincuentes, como centros de detención y tribunales para menores. Dependiendo del tipo y la severidad de la ofensa cometida, es posible que los menores sean acusados y tratados como adultos.

En los últimos años una proporción mayor de jóvenes de entre 20 y 30 años han sido arrestados que en el pasado, aunque algunos investigadores han concluido que esto puede deberse más a una justicia penal más agresiva y a las políticas de tolerancia cero que a cambios en el comportamiento de los jóvenes. Los crímenes de los menores delincuentes pueden ir desde delitos, como fumar siendo menor a crímenes contra la propiedad y crímenes violentos. Sin embargo, la delincuencia juvenil se puede considerar como parte del comportamiento adolescente normal. Esto es debido a que la mayor parte de los jóvenes tienden a delinquir, cometiendo crímenes no violentos, una o dos veces y solo durante la adolescencia. Cuando esto ocurre, el delincuente por lo general ha mostrado comportamiento antisocial incluso antes de llegar a la adolescencia.

La delincuencia juvenil puede dividiste en tres categorías:

  • Delincuencia, crímenes cometidos por menores: Los tribunales y el sistema judicial de menores se encargan de estos casos.
  • Comportamiento criminal. El sistema judicial penal se encarga de estos crímenes.
  • Delitos que se consideran de menores solo porque uno de los delincuentes es un menor, tales como absentismo escolar, de los que también se encargan los tribunales de menores.

Según el estudio evolutivo de Moffitt (2006) hay dos tipos de delincuentes que aparecen en la adolescencia. Uno es el delincuente reincidente, que se refiere al delincuente que delinque de forma recurrente a lo largo de su vida, que empieza a delinquir o a mostrar comportamiento antisocial/agresivo en la adolescencia (o incluso en la infancia) y continúa en la adultez. Y la delincuencia específica de la edad que se refiere a los delitos cometidos en la adolescencia (un periodo limitado), aquellos en los que la delincuencia se inicia y termina durante el periodo de adolescencia. Ya que la mayor parte de los adolescentes muestran alguna forma de comportamiento antisocial o delincuente, es importante tener en cuenta estos comportamientos en la infancia para poder determinar si se mantendrán a lo largo de la vida o si es delincuencia específica de la adolescencia. Aunque los delincuentes adolescentes suelen dejar de lado este tipo de comportamiento al entrar en la vida adulta y muestran menos patología que los delincuentes permanentes, siguen mostrando más problemas de salud mental, drogadicción y financieros, tanto en la adolescencia como en la adultez que aquellos que nunca fueron delincuentes.

Factores sociales

Hay una serie de factores sociales que pueden llevar a un delincuente juvenil a actuar de forma ilegal. Algunos de ellos son:

1) La familia : Muy a menudo, los menores que cometen delitos provienen de “familias problemáticas”. La relación entre el menor y la familia juega un papel importante en su desarrollo posterior. Por lo tanto, los menores que han sufrido abusos o han crecido en un ambiente familiar inadecuado, aquellos que han sido abandonados por sus padres, tienen más probabilidades de desarrollar un comportamiento delictivo.

2) El contexto cultural : Hay muchos estudios que intentan conectar el peligro de delincuencia con la vida en suburbios desorganizados. Estas áreas poseían el mayor ratio de pobreza y desempleo, así como de individuos con problemas sociales y psicológicos, de lo que resultaba que la mayoría de los jóvenes fueran parte de bandas y actividades como vandalismo o consumo de drogas.

3) Formas de comunicación actuales : Las nuevas formas de comunicación que se dirigen a la población general han sustituido a la comunicación existente hasta ahora. Se las ha acusado de presentar un exceso de mensajes de decadencia social, general contribuyendo al cinismo y, por lo general, a la actitud ilegal de la juventud. Al mismo tiempo, la desproporción entre la imagen de un mundo irreal y la debilidad de descubrir cómo conquistarlo, por lo general, llevan a la delincuencia.

Justicia para delincuentes juveniles

En 2003, el sistema judicial para delincuentes juveniles sufrió cambios significantes. El ímpetu detrás de estos cambios era el deseo de armonizar las disposiciones de derecho penal por las del Convenio de los Derechos del Niño y adaptar el sistema de delincuencia juvenil con el mandato constitucional acerca de la responsabilidad del Estado de proteger a los menores.

Algunos cambios superficiales son dignos de mención, ya que reflejan el cambio de actitud social y del sistema de justicia penal, en particular en relación a delitos penales realizados por menores. Primero, la palabra “delincuente” se eliminó de aquellos artículos del Código Penal para menores. Segundo, en lugar de la reclusión en una institución se empleó “reclusión en una institución especial para menores”. Otro cambio importante afecta a los límites (superior e inferior) del periodo durante el que una persona se considera menor con respecto a la responsabilidad penal. Esto fue cambiado de los siete a los diecisiete y de los ocho a los dieciocho. Ya que la Constitución define como menor a cualquiera menor de 18 años sin hacer más diferencias el Código Penal se ha armonizado con el Convenio.

Responsabilidad penal

El código Penal absuelve a los menores de entre ocho y trece años de su responsabilidad penal en cualquier acto delictivo, estando sujetos a medidas terapéuticas o reformativas únicamente. Si un menor en el momento en que se comete el acto delictivo penal ha cumplido catorce años, el tribunal considerará todas las circunstancias del caso y puede decidir que ordenar que sea ingresado en una institución especial para jóvenes durante un periodo específico de tiempo es la opción ideal. Este ingreso puede durar desde cinco a veinte años cuando el mismo delito cometido por un adulto podría implicar penas de entre diez años y prisión de por vida. En el resto de casos, el ingreso dura entre seis meses y cinco años.

El tribunal puede reducir la pena a quien haya cometido un acto penal cuando dicho fue cometido entre los 18 y los 21.

Si un menor comete un delito menor, solo será sujeto a dos medidas reformativa: a) una reprimenda y b) ser encomendado al cuidado responsable de sus padres o tutores legales.

Si un menor que ha cumplido los trece años de edad comete un acto delictivo penal y es llevado a juicio antes de su entrada en la mayoría de edad, el tribunal puede considerar que sea sujeto a una sentencia reducida en lugar de ser ingresado en una institución especial. En tal caso, los menores deben ser mantenidos en dependencias separadas de los criminales adultos.

Medidas Terapéuticas y Reformativas

Como se mencionó anteriormente, los menores solo están sujetos a medidas terapéuticas o reformativas. Los menores entre trece y dieciocho años que realicen delitos penales son juzgados por tribunales especiales. El Código Procesal Penal dispone que estos tribunales sean: a) Un tribunal de menores unipersonal, b) un tribunal de tres miembros, o c) el tribunal de Apelaciones. Las apelaciones ante un tribunal de menores unipersonal se realizan ante el Tribunal de Apelaciones y no ante un tribunal de tres miembros.

Las enmiendas de 2003 del sistema de Delincuentes juveniles específica doce posibles medidas reformativas, que aparecen listadas según el orden de severidad. Algunas de ellas son: 1) Reprimenda, 2) encomendar al menor al cuidado responsable de sus padres o tutores legales 3) Asignar al menor bajo el cuidado de padres de acogida, 4) Colocar al menor bajo el cuidado de “Sociedades para la Protección de Menores o Instituciones Designadas para el Cuidado de Menores”, 5) Comunicación entre víctima e infractor para que este pueda disculparse y arrepentirse, 6) Compensación a la víctima, 7) Servicio a la comunidad 8) Asistencia a programas sociales y psicológicos en instituciones especiales, 9) Asistencia a institutos profesionales o matriculación en formación. En casos excepcionales, el tribunal puede decidir aplicar dos o tres medidas simultáneamente.

Las medidas terapéuticas están diseñadas para asistir a menores que precisen de un tratamiento especial, especialmente debido a enfermedades físicas o mentales o debido a adicciones a drogas o alcohol, y esos que no son capaces de cuidar de sí mismos. En estos casos el tribunal, basado en el diagnóstico y la opinión de un experto, puede asignar el cuidado del menor a sus padres o tutores legales, o a una familia de acogida o bajo la tutela de agencias de protección. Estas medidas se imponen mediante el Juzgado de Menores unipersonal, basado en las opiniones de un equipo de médicos, psicólogos y trabajadores sociales.

Las medidas reformativas dejan de actuar por ley cuando el menor alcanza la mayoría de edad. En circunstancias excepcionales, el tribunal tiene derecho a extender estas medidas hasta que el menor alcance los 21 años de edad. Por otro lado, las medidas terapéuticas no se restringen automáticamente. Solo el equipo que ordenó la puesta en marcha de esas medidas puede hacer que se restrinjan.

Grecia ha creado un fiscal general para menores en el Juzgado del distrito de Atenas. Sus responsabilidades incluyen la asignación de custodia, prestación de cooperación y asistencia a las oficinas de agencias públicas y privadas encargadas de prevenir y combatir el crimen juvenil, solicitar medidas de seguridad a los tribunales para menores, e iniciar acciones legales para retirar la custodia o la supervisión del menor a los padres.

Deficiencias del sistema griego

  • Resolución del caso insatisfactoria en la que los padres/tutores hayan “alentado”, en ocasiones mediante abusos físicos o psicológicos, la comisión el crimen.
  • Falta de agentes de vigilancia de menores.
  • El recurso abusivo de detención previa al juicio y su extensa duración.
  • Los centros de detención para jóvenes delincuentes son escuelas de criminales.

¿Están los menores detenidos en centros diseñados específicamente para este propósito?

Los jóvenes delincuentes varones son retenidos en centros especiales junto con jóvenes adultos (18 a 21 años) y, de forma excepcional, con hombres jóvenes de hasta 25 años, que permanecen en instituciones especiales para jóvenes por razones educativas. Sin embargo, los edificios no están diseñados para jóvenes (por ejemplo, las prisiones para jóvenes delincuentes y jóvenes de Avlona fue anteriormente una cárcel militar y el Centro de Custodia de Volos fue anteriormente una prisión para adultos). En la prisión femenina de Eleona Thiva, las jóvenes comparten prisión con adultas, aunque en secciones diferentes. Por lo general, el personal de la prisión no está formado especialmente para tratar con internos jóvenes. El régimen de prisiones tampoco está adaptado a sus necesidades.

¿Tienen acceso los delincuentes juveniles a educación obligatoria?

La asistencia a la escuela es obligatoria en primaria (seis años) y secuandaria (tres años) en todos los centros de menores. Hay dos escuelas de primaria e institutos en centros de menores y jóvenes adultos, pero esto no significa que los internos realmente acudan a clase según el programa educativo.

Los derechos de los Menores y la Policía

La legislación de Grecia protege correctamente a los menores arrestados de potencial violencia policial. Sin embargo, el Estado parece haber sido consciente de que los agentes de policía solían utilizar mano dura al arrestar a los menores. El número de acusaciones de brutalidad policial contra menores está aumentando y los agentes de policía siguen impunes.

Otro serio problema es el excesivo número de procedimientos ilegales contra menores extranjeros no acompañados en busca de asilo que incluyen arrestos arbitrarios y detenciones con adultos, órdenes de deportación ilegal y procedimientos de reunificación familiar ralentizados.

Discriminación hacia jóvenes delincuentes no griegos

En Grecia ha habido un aumento en la delincuencia juvenil desde 1998. Los datos estadísticos revelan, principalmente, el alto ratio de albanos y romaníes que están dentro del sistema de justicia juvenil, pero también muestran que los nacionales-no-griegos y los menores no étnicamente griegos están infrarepresentados en el sistema penal de menores, lo que es una señal de posible discriminación. Hay numerosos casos de discriminación acerca delincuentes juveniles de origen no-griego donde los procedimientos no se respetan íntegramente. También hay una seria preocupación acerca de los procedimientos contra menores no acompañados en búsqueda de asilo entre los que se incluyen arrestos arbitrarios, detención, detención con adultos, órdenes de deportación ilegal y lentos procesos de reunificación. Incidentes fronterizos, especialmente contra menores de origen albano que intentan cruzar la frontera tanto legal como ilegalmente han sido denunciados en el pasado, han sido investigados inadecuadamente y los culpables nunca han sido castigados.

Condiciones de los Arrestos

Las terribles condiciones de las prisiones para delincuentes juveniles en Grecia

La prisión para menores de Avlona

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Aunque se han hecho mejoras, las condiciones de detención general están por debajo de los estándares de derechos humanos internacionales.

Desafortunadamente, la información basada en ONG en relación a las condiciones de detención es bastante limitada, ya que las autoridades griegas no permiten a las ON acceder a dichos centros. También subrayan el problema de hacinamiento anual. De hecho, el 18 de junio de 2004 la población presa superó los 10. 000, mientras que la capacidad de los centros se mantuvo en 5000 internos. En lo que se refiere a las condiciones de vida dentro de los centros de detención, por lo general “ofenden la percepción moderna respecto a los derechos individuales y sociales”.

Es una vida que no se asemeja en nada a la que tendría un menor en otras condiciones. Una vida sin amigos, sin familia y sin amor. Una vida sin color. ¿Cómo puede una persona vivir en una celda de 10 metros cuadrados que, de media, comparten con otras tres personas? Una celda llena de humedad, en deterioro, con un solo color. Gris. Un espacio que no se parece en nada a una habitación de niño. ¿Cómo puede el niño soñar y desear un futuro después, cuando la vida en el centro pasa tan lenta y es tan difícil? Las condiciones de detención en estos centros son absurdas. El espacio no es adecuado para que una persona viva allí. El menor no puede ser apoyado sentimentalmente. Él/ella vive una vida que no quiere y sigue un programa que otros hayan establecido para él o ella.

El sentimiento permanente de que alguien les está castigando por lo que son, creando, dentro de ellos, la opinión de la sociedad: un joven criminal que no gusta y que nadie quiere tener a su lado. Incluso el resto de menores se siente así, y conflictos y peleas empiezan a ser parte de su vida diaria. La comida es básicamente la misma cada día. La cantidad y la calidad no alcanzan a cubrir las necesidades alimentarias de los niños. El espacio utilizado como patio es horrible, un espacio sin áreas verdes, sin “salida” para los internos.

Solo se pueden ver paredes y alambradas. ¿Cómo es posible por tanto para un joven delincuente ir a los 25 al mundo real y ser una persona correcta, sin odio interior y sin quejas por la vida perdida? El resultado, claramente, es que las prisiones devuelven al mundo lo últimos pedazos de los niños que entraron en ellas.

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Un día en la cárcel

Niños apilados en una habitación, con diferentes nacionalidades, edades y condenas. Se levantan pronto y, por unas horas al día, se convierten en estudiantes... de segunda oportunidad. No todos ellos, solo aquellos que cuentan con un conocimiento gramatical adecuado. El destino del resto es ser analfabetos para siempre.

No tienen visitantes, porque no tienen a nadie que les espere. Los juegos no existen, ¡porque no están permitidos! Y el término “excursión” es desconocido para ellos porque la ley las prohíbe.

Los niños, en lugar de caramelos, toman drogas. “las drogas son las culpables del cambio en mi comportamiento y de los delito que he cometido. Sin embargo, he seguido tomándolas. La droga más popular en las prisiones para jóvenes delincuentes es la marihuana. Después la heroína y la cocaína y después las pastillas. Hay muchas formas de conseguir drogas. Hasta nos lanzan naranjas regadas con sustancias ilegales. Nuestra deuda con el traficante se paga después…”

Los “criminales” menores de edad no visitan a un psicólogo especializado. El Estado les permite visitar a un psicólogo solo si están pensando en volver a cometer crímenes. Algo está claro, según los estudios, el 80 % de estos niños serán transferidos a prisiones de adultos en unos años.

Escuela de segunda oportunidad

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En el difícil mundo en el que estos jóvenes delincuentes se ven forzados a vivir hay una pequeña ventana de esperanza, con la intención de hacer que su internamiento sea más fácil y educacional y llevar a los internos a unos valores básicos.

Por esta razón surge “la escuela de segunda oportunidad”, para aquellos niños que tienen derecho a una educación como el resto de “niños normales” ya que es un derecho constitucionalmente garantizado.

Por supuesto, la educación primaria es obligatoria para todos los internos menores de edad y por eso hay un aula y un educador en cada centro.

La educación en las cárceles no es fácil, porque hay factores que dificultan el trabajo, ya desde dentro de los centros o debido a la falta de interés de los internos o debido a la falta de personal y recursos. Además, el gran porcentaje de detenidos, las enfermedades mentales de algunos de los internos y los sentimientos de miedo e inseguridad respecto al lugar en el que se encuentran son algunos de los factores que más contribuyen a hacer que la educación en las prisiones sea una tarea difícil.

Estos niños no afrontan el espacio educacional como un esfuerzo para un futuro y unas condiciones de vida mejores. Esperan ser libres. Para tener éxito en este trabajo, el detenido menor de edad debe sentirse cómodo en el espacio de enseñanza, sentir que es una forma de escapar de la rutina diaria y sentir que gana de nuevo una forma de soñar. Debe ver que la educación es un puente de comunicación entre él y la sociedad y utilizarlo como una forma de prepararse para su correcta rehabilitación una vez sea libre.

Gracias a la educación también se creará un mejor comportamiento en el centro y se conseguirán relaciones mejores y más fluidas con sus compañeros. Cuanto más frecuente sea la asistencia a este espacio escolar, más interacción social y más fluidas son las relaciones con el resto de internos. Además, los jóvenes adquieren una mejor relación consigo mismos y su autoestima empieza a crecer. Aprenden a ser más responsables y activos, mediante actividades deportivas que se incluyen en el sistema educativo.

Recomendaciones

    La coalición de ONG recomiendan:

    Niños en conflicto con la ley

  1. El gobierno debería asegurarse de que los procedimientos especiales para proteger al menor cuando está siendo arrestado se llevan a cabo por la policía, incluyendo casos en que se trate de menores extranjeros o solicitantes de asilo. Para ello, las autoridades deberían forma especialmente a la policía que van a tratar con menores y hacerles conscientes de los derechos de los niños. También debería facilitar mecanismos de monitorización eficaces e independientes en las comisarías de policía.
  2. Es más, para terminar con la impunidad, el gobierno debería, sistemáticamente, emprender acciones adecuadas contra los agentes del estado que sean sospechosos de haber cometido violencia contra menores violando sus obligaciones.
  3. El gobierno debería despenalizar la mendicidad cuando sean menores quienes la realicen.
  4. El sistema de Justicia para menores delincuentes

  5. El gobierno debería nombrar fiscales y jueces formados y especializados en menores en todas las áreas del país. También debería nombrar agentes de vigilancia según las necesidades.
  6. El gobierno debería garantizar que cualquier persona que cometa un delito antes de cumplir los 18 sea juzgada como menor, según los procedimientos específicos, incluso si el juicio se realiza después de alcanzada la mayoría de edad.
  7. La autoridades deberían garantizar la asistencia legal eficaz para menores en conflicto con la ley desde el momento del arresto.
  8. Las autoridades deberían garantizar que lo menores que han cometido un delito azuzados por sus padres o tutores legales no sean devueltos a esa familia sin investigar la situación familiar.
  9. Privación de libertad

  10. Las autoridades griegas deberían garantizar que la privación de libertad de menores, incluyendo la detención previa al juicio y pendiente de juicio, se emplee únicamente como medida de última instancia y en casos razonables y según el mayor beneficio del menor.
  11. El gobierno debería garantizar la educación de los menores internos por profesores formados y especializados y por trabajadores sociales. También que tengan seguimiento por psicólogos.
  12. El castigo corporal en los centros

  13. El estado griego debería prohibir de forma global el castigo corporal en escuelas y en todos los centros que reciban menores y encargarse de que se cumple de forma efectiva dicha prohibición.
  14. El gobierno debería proporcionar investigaciones adecuadas a los eventos ocurridos en el centro para menores “Agia Varvara”. Este caso trata las desapariciones de cientos de menores in hogar que habían sido internados en “Agia Varvara” entre noviembre de 1998 y octubre de 2001. A pesar de la gravedad de estas acusaciones, las autoridades competentes, excepto el Defensor del Pueblo, no llevaron a cabo ninguna investigación acerca de las circunstancias de estas desapariciones. En su informe, el Defensor del Pueblo menciona de forma implícita que este caso suscitó la preocupación acerca de la conformidad de Grecia con el Convenio de Derechos del Niño.
  15. Discriminación

  16. El gobierno debería acabar con la discriminación hacia menores delincuentes de origen no griego.

Esta información fue utilizada en mi artículo y me permitió comprender cómo funciona el sistema. La información aparece en la misma línea en la que aparecía en el artículo para que sea más fácil de entender. Algunos detalles específicos pueden parecer aburridos, porque es específico de Grecia y su sistema de justicia para menores.


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